Procedimiento Sugerido de Bajas Pasivas

Procedimiento Sugerido de Bajas Pasivas
 
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Bajas Pasivas

1. Bajas Pasivas
En Liquidaciones al revisar contratos, previo a la Liquidación, verificar las Bajas Pasivas (BP), Cambiarle la Situación de Revista a 15 E.S.E. Cese transit.Servicios(Art6°.inc.6 y 7 Dec.342/92), y poner como fecha de la misma el día siguiente de la fecha de baja que figura en el contrato en Validez-Hasta.
(Nótese que a la derecha figurará el tilde de Baja Pasiva)
 
 
  • Luego Liquidar normalmente, el Contrato de Baja Pasiva será tomado como una "Baja Pendiente de Liquidación" para todos los efectos (Salvo para Indemnizaciones y Liquidaciones Finales) Es decir, el sueldo mensual liquidará hasta la fecha de Baja Pasiva y luego no será liquidado una vez que el mes de baja haya pasado. (Se informará como un error de Liquidación "Contrato Vencido")
  • Cuando se produzca la Baja Efectiva, realizar la Baja Definitiva en RRHH normalmente.
  • En liquidaciones el contrato pasará de Baja Pasiva (BP) a Baja Pendiente y estará listo para realizar Liquidación Final/Indemnización.
 
(Nótese que la Fecha de Baja del Contrato se habrá sincronizado con la de baja Efectiva de RRHH).
Atención!!: La fecha de Liquidación de Liquidaciones Finales/Indemnizaciones debe ser la de baja o como máximo la de último día del mes de Baja.